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Facturación6 min de lectura

Kit Digital: qué pasa con tu bono si no lo gastas a tiempo

No hay una fecha común de caducidad y por eso circulan tantas cifras falsas. Los plazos que sí están en la norma, y dónde mirar los tuyos.

Por Equipo de producto de Sanagest

Circulan por ahí varias fechas presentadas como el día en que caducan todos los bonos, y ninguna es correcta, porque esa fecha común no existe. Lo que existe es un conjunto de plazos encadenados que empiezan a contar desde la notificación de tu resolución de concesión, no desde un calendario general del programa. Quien te diga otra cosa no ha abierto la norma.

Caducidad: el plazo que de verdad te quita el dinero

Está en el artículo 21.5 de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, que aprueba las bases reguladoras del programa (BOE-A-2021-21873). Comprobado en boe.es el 1 de agosto de 2026. Dice que el plazo máximo para formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización por ambas partes es de seis meses desde la notificación de la resolución de concesión, salvo que la convocatoria establezca uno inferior, y que transcurrido ese plazo el beneficiario pierde el derecho al cobro del importe que no esté asociado a acuerdos formalizados.

Léelo dos veces, porque es la frase que más dinero cuesta del programa entero. Lo que se pierde no es el bono en abstracto: es la parte del importe concedido que a esa fecha no tiene un acuerdo firmado detrás. Si tienes concedidas dos categorías y solo has firmado una, la otra se evapora, y no hay trámite de recuperación previsto para eso. Puedes formalizar acuerdos hasta agotar el importe total concedido, pero dentro de esa ventana.

¿Qué ocurre después de firmar el acuerdo?

  1. Primera fase: tres mesesEmpieza con la validación del acuerdo y en ella deben ocurrir la instalación o el desarrollo de la solución y el pago de la factura emitida por el agente, previa conformidad del beneficiario.
  2. Segunda fase: doce mesesSe cuenta desde la fecha de emisión de la factura de la fase anterior, y es el periodo de prestación del servicio comprometido.
  3. Justificación: tres meses por faseEl plazo máximo de presentación de la justificación es de tres meses desde la finalización de cada fase, salvo que la convocatoria fije uno inferior.
  4. Quien justifica es el agenteLa documentación la presenta el agente digitalizador adherido; si no lo hace en plazo se le requiere, y el incumplimiento arrastra consecuencias para el expediente.

Ese encadenamiento es lo que convierte la pregunta por la caducidad del bono Kit Digital en algo con respuesta personal. Tu fecha límite depende de cuándo se te notificó la concesión, de si tu convocatoria fijó un plazo más corto y de en qué momento se validó cada acuerdo. Dos clínicas del mismo tamaño pueden tener fechas separadas por meses.

¿Sigue vivo el programa si ya no hay convocatorias abiertas?

Sí, y conviene separar las dos cosas. Que no haya convocatoria abierta para pedir un bono nuevo no afecta a los bonos ya concedidos. La Orden TDF/39/2026, de 26 de enero (BOE-A-2026-2070), comprobada en boe.es el 1 de agosto de 2026, dio nueva redacción al artículo 4 de las bases para dejarlo escrito: la orden se aplica hasta el agotamiento total de los fondos del programa, y las ayudas concedidas se siguen rigiendo por ella y por sus convocatorias hasta la finalización y cierre de los expedientes correspondientes.

La misma orden añadió dos piezas más. Una obliga a reinvertir en el propio programa cualquier remanente presupuestario no ejecutado, incluso después de 2026. Otra modifica el artículo 28.8 para que, si tras resolver una convocatoria quedan fondos sin asignar, el órgano instructor formule nuevas propuestas de concesión a favor de quienes se quedaron fuera solo por agotamiento del crédito. Es un mecanismo de reasignación, no una convocatoria nueva.

Dónde está tu fecha, exactamente

En tu resolución de concesión, en el apartado de plazos, y en las bases de la convocatoria por la que se te concedió. No en un artículo de blog, ni en el que estás leyendo. Si no encuentras el documento, tu agente digitalizador o la sede electrónica del órgano concedente pueden ayudarte a localizarlo. Hacerlo hoy cuesta diez minutos; hacerlo tarde no cuesta nada porque ya no sirve.

Qué cubre el bono en un software de clínica

Antes de decidir qué categorías activar, mira qué sostiene realmente el producto y qué no, con los topes por tramo de empleados.

Qué hacer esta semana si tienes un bono concedido

Tres tareas, por este orden. Localiza la resolución y anota la fecha de notificación y el importe concedido por categoría. Comprueba qué parte de ese importe tiene ya un acuerdo formalizado y qué parte no. Y decide qué hacer con la diferencia antes de que se cumplan los seis meses, hablando con un agente digitalizador adherido que pueda prestar la categoría que te queda suelta.

El error más común no es llegar tarde a la justificación, que suele vigilar el agente, sino dejar sin firmar una categoría porque no se tenía claro en qué gastarla. Esa indecisión tiene fecha de caducidad y no avisa: el día que se cumple el plazo, el importe simplemente deja de estar disponible.

Preguntas frecuentes sobre los plazos del Kit Digital

¿Existe una fecha única de caducidad para todos los bonos?

No. Los plazos se cuentan desde la notificación de cada resolución de concesión, y la convocatoria puede fijar uno más corto que el general. Por eso dos beneficiarios distintos tienen fechas distintas. Cualquier artículo que te dé una fecha común para todo el programa está generalizando algo que la norma no establece así.

¿Qué pasa exactamente si no formalizo el acuerdo en plazo?

Según el artículo 21.5 de la Orden ETD/1498/2021, transcurrido el plazo máximo se pierde el derecho al cobro del importe de la subvención concedida que no esté asociado a acuerdos formalizados. Comprobado en boe.es el 1 de agosto de 2026. Lo que ya está firmado sigue su curso; lo que no, deja de estar disponible.

¿Puedo pedir una prórroga del plazo de mi bono?

Las bases fijan un plazo máximo y permiten que la convocatoria establezca uno inferior, no uno mayor. Si tu situación concreta tiene alguna particularidad, la vía es preguntar al órgano concedente o a tu agente digitalizador, con el número de expediente delante. No conviene dar por hecha una prórroga que nadie te ha confirmado por escrito.

¿Quién presenta la justificación del gasto?

El agente digitalizador adherido, no la empresa beneficiaria. El plazo máximo es de tres meses desde la finalización de cada fase de prestación, salvo que la convocatoria establezca uno inferior. Si no se presenta, se le requiere para que lo haga en un plazo improrrogable y el incumplimiento tiene consecuencias sobre el expediente.

Sigue por otra obligación con fecha

El bono no es lo único que corre contra el calendario. El registro de jornada del personal lleva años siendo obligatorio y en muchas clínicas se sigue resolviendo con una hoja de papel.

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